#locosporlosniños

Charo Morales

Expresidenta de la Federación Andaluza de Familias de Acogida y Colaboradoras

Hablar de acogimiento es uno de los temas que más me interpelan y emocionan. Para mí, hablar de acogimiento es hablar de niños y niñas que necesitan cuidados porque sus progenitores no han podido hacerlo todo lo bien que debieran o, mejor dicho, todo lo bien que estos menores merecen.

Ser familia acogedora es apostar, de manera ciega e incondicional, por mejorar la vida de estos niños y niñas; por sembrarla de recursos y emociones que les permitan seguir creciendo como personas plenas. Es darles cariño y compartir emociones, hábitos familiares y valores.

Las familias acogedoras no somos más que instrumentos y herramientas al servicio del bienestar de estos menores. Quien desempeña aquí un papel fundamental es la Administración.

La Administración dispone de todo un engranaje de responsables y áreas de trabajo que deben estar a la altura, tanto para favorecer la recuperación de las familias biológicas cuando sea posible como, sobre todo, para garantizar el bienestar de los niños y las niñas.

Los equipos de tratamiento familiar, en coordinación con los servicios sociales comunitarios, detectan las necesidades de estos menores y deben trabajar con sus familias biológicas para evitar lo que llamamos la retirada. Cuando esta ya se ha producido, deben continuar trabajando con ellas para procurar la reunificación familiar, pues es incuestionable que el mejor lugar para que los niños y las niñas crezcan es su entorno familiar biológico, siempre que este pueda ofrecerles seguridad y bienestar. También sabemos que no siempre es posible.

Los servicios sociales de competencia autonómica —en nuestro caso, los de la Junta de Andalucía— tienen una responsabilidad esencial. Una vez acordada una medida de protección, el menor puede pasar a acogimiento residencial o familiar.

La Junta de Andalucía debe garantizar la existencia de un número suficiente de familias capaces de acoger y elegir la más adecuada para las necesidades y circunstancias de cada menor. La normativa establece que ningún menor de doce años debería permanecer en un centro; sin embargo, dos años después, este principio continúa incumpliéndose y sabemos que todavía hay bebés en centros de protección.

Para desarrollar estas funciones, la Administración cuenta con entidades externas a las que encomienda tareas esenciales para las familias acogedoras y para el bienestar de los menores. Lamentablemente, su actuación no siempre alcanza el nivel necesario.

Las familias acogedoras entendemos que nunca deben ignorarse los vínculos entre hermanos. No deberían ser separados y, cuando resulte imposible que permanezcan juntos, debe garantizarse que sigan manteniendo una relación estable y encuentros frecuentes.

Estos menores no deberían sufrir también el desarraigo de sus hermanos. Ya es suficientemente dolorosa la separación de sus progenitores, por muy justificada que esté. Bastante peso llevan en su mochila con la separación de su padre y de su madre biológicos.

Los servicios sociales autonómicos deben supervisar igualmente el trabajo de los servicios sociales locales y de los equipos de tratamiento familiar, con el objetivo de procurar la recuperación y normalización de toda la familia.

También tienen la obligación de garantizar todos y cada uno de los derechos de estos niños y niñas que, tras la adopción de una medida de protección, quedan bajo la tutela de la Administración.

Las familias acogedoras hemos trabajado apasionadamente y, gracias a que se nos dio la oportunidad de participar, hemos podido aportar nuestra experiencia a la nueva legislación sobre infancia y familia. Esta dedica un apartado muy importante a los menores tutelados y a las familias acogedoras, recogiendo sus derechos y obligaciones y, sobre todo, los derechos de los niños y las niñas.

Quisiera destacar uno de los derechos fundamentales que se vulnera e incumple reiteradamente: el derecho subjetivo del menor tutelado.

Este derecho debe garantizar que el menor, por el mero hecho de encontrarse bajo tutela administrativa, tenga reconocida una serie de prestaciones y oportunidades, con independencia del perfil de la familia que lo acoja y de que se encuentre en acogimiento residencial o familiar.

Es una cuestión que preocupa profundamente a las familias acogedoras, pues se extiende transversalmente por distintas consejerías y numerosas normas. Sin embargo, solo comienza a apreciarse algún avance en la consejería competente en asuntos sociales y, de manera puntual, en la de educación.

Las familias más valientes y generosas de nuestra sociedad son, sí o sí, las familias acogedoras.

Ser familia acogedora es formar parte de uno de los colectivos más generosos del planeta, porque su compromiso, altruismo y generosidad no entienden de días, horarios, temporadas ni vacaciones.

Son familias que abren su vida, su hogar, su realidad económica y social y, especialmente, su corazón a uno o varios menores durante las veinticuatro horas del día, los siete días de la semana y los 365 días del año.

Estas familias también son afortunadas. Experimentan un amor desinteresado y recíproco: se sienten más queridas de lo que esperaban y descubren que pueden querer mucho más de lo que creían. Estas experiencias hacen que todos sus integrantes crezcan en valores como la entrega, la generosidad y la renuncia, y vivan momentos únicos que dejan huella en su día a día.

Pero estas familias necesitan sentirse acogidas, queridas, amparadas, protegidas y valoradas por la Administración, y no siempre es así.

Algunos de los procedimientos que actualmente mantiene la Administración autonómica impiden que las familias acogedoras se sientan protegidas y defendidas por el propio sistema del que forman parte.

Las familias pueden ofrecer acogimiento de urgencia, temporal, permanente o especializado para menores con necesidades específicas.

Las familias acogedoras permanentes son aquellas que asumen el compromiso de acompañar al menor hasta que alcanza los dieciocho años. Sin embargo, al llegar a esa edad se produce un incumplimiento de la normativa y aparece, además, un vacío legal verdaderamente preocupante.

Cuando un menor ha convivido con una familia hasta los dieciocho años, ha establecido con ella vínculos sólidos y profundos. En la sociedad en la que vivimos, prácticamente ningún joven está preparado a esa edad para emanciparse y desarrollar una vida completamente independiente.

La legislación de infancia establece que la Administración debe acompañar a los jóvenes que han estado bajo su tutela hasta los veinticinco años, una edad en la que la emancipación puede resultar más viable. Pero tampoco se está cumpliendo plenamente.

Existen algunos recursos para jóvenes extutelados procedentes de centros residenciales, pero esta protección no se aplica de la misma manera a quienes han vivido en acogimiento familiar. Al cumplir dieciocho años se genera un vacío legal muy importante en su relación con la familia acogedora.

La familia puede decidir que el joven permanezca en su hogar, pero ya sin vinculación legal alguna. Esto puede incluso perjudicar sus derechos, pues al considerarlo integrante de la unidad familiar, el acceso a determinadas ayudas y becas queda condicionado por la situación económica de la familia que lo acogió, y no por el derecho subjetivo que le corresponde por haber estado bajo tutela administrativa.

Estamos, por tanto, ante una vulneración del derecho subjetivo del menor tutelado y ante un incumplimiento de la normativa.

Las familias acogedoras entendemos que estos niños, niñas y jóvenes deben recibir la protección de toda la Administración y, especialmente, de la consejería competente en asuntos sociales. Esta debe promover y exigir que el conjunto del sistema respete y aplique la normativa relacionada con esta realidad.

Haber estado bajo tutela administrativa es una circunstancia que acompañará a estos menores durante toda su vida. Por ello, entendemos que debería permitirles acceder de manera preferente a determinadas oportunidades y medidas de protección, como ocurre con otros colectivos especialmente vulnerables.

Apostar por el bienestar de estos niños y niñas es apostar, sin reservas, por complicarse la vida por amor. Es luchar por un menor con la firme convicción de que todos los niños de nuestra sociedad merecen una vida alegre, digna y rodeada de muchísimo amor.

La experiencia de las familias acogedoras demuestra que el corazón del ser humano puede ensancharse tanto que parece no tener límites. Querer a estos niños y niñas es algo sencillo y, de alguna manera, natural cuando somos capaces de cultivar ese amor.

No podemos olvidar que ningún ser humano está preparado para afrontar la pérdida o separación de sus progenitores. Por eso, pese a todo lo bueno que podamos aportarles, estos niños y niñas viven con una mochila que pesa muchísimo. Una mochila que tendremos que enseñarles a llevar y que quizá nunca puedan abandonar por completo, pero cuyo peso sí podemos ayudarles a aliviar.

Las familias acogedoras estamos tan convencidas de que es posible mejorar la vida de los más de 2.000 menores que se encuentran bajo protección en Andalucía que nos hemos asociado. Cada provincia cuenta con su propia asociación; todas ellas integran la federación andaluza y, a su vez, forman parte de la asociación estatal de acogimiento.

Confirmado: #locosporlosniños y #juntospodemos.

Los menores solo necesitan que estemos locos por los niños. Si tú también lo estás, te esperamos.

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